este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
UNICO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, POR CONSECUENCIA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra quien en vida respondiera al nombre de JEAN CARLOS GARCIA RODRIGUEZ, venezolano, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido el día 02-01-1984, de 21 años de edad, de religión católica, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-18.354.672, hijo de Olga Rodríguez (v) y José García (v), residenciado en el Barrio Palotal, parte baja, vereda Samuel, casa N° 31, San Antonio, Municipio Bolívar, Estado Táchira, quien se encuentra incurso en la comisión del delito de ROBO LEVE o ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 único aparte del Código Penal, en agravio de la ciudadana María A.....