ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: SE OTORGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, al JAVIER ELÍAS ACOSTA BARRIOS, de nacionalidad colombiana, natural de Barranquilla, República de Colombia, nacido en fecha 18-04-1968, de 38 años de edad, soltero, de ocupación comerciante, hijo de Victorino Acosta (f) y Julia Rosa Barrios (V), titular de la cédula de identidad N° V-25.602.676, residenciado actualmente en la calle 15, casa N° 14, sector "6", la Integración, Ureña, Estado Táchira, teléfono N° 0276-7726978, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia en perjuicio de la ciudadana: Carol Sussi Villamil, de.....