En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: UNICO: SE REVISA Y SE NIEGA LA SUSTITUCION de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada al acusado JESÚS ÁNGEL CHAVEZ ROMERO, quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira; nacido en fecha 10 de Diciembre de 1977, de 33 años de edad, hijo de José Ángel Chávez (v) y de Aelia Virginia Romero, titular de la cedula de identidad No. V-16.986.383, soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en la carrera 7, No. 14-67, Barrio Pueblo Nuevo, al frente del taller Bum Bum, Capacho, Independencia, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado .....