Por todos los razonamientos anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara prescrita la acción penal en la presente causa por la imputación en la comisión de la Falta de Desobediencia a la Autoridad previsto en el artículo 485 del Código Penal, por tanto se decreta la extinción de la misma.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano JOAQUIN CALDERON de nacionalidad colombiana, de 55 años de edad, con cédula para extranjeros No E-82098383, de fecha de nacimiento 01-01-46, de profesión chofer, con residencia en la calle 4 esquina de Cementerio No 4-42 San Antonio del Táchira, de Agustina Calderón (f), como presunto participe en la comisión de la Falta DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado.....