PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO contra del ciudadano: ELKIN ENRIQUE BALLESTAS JULIO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Cartagena, Departamento de Bolivar, República de Colombia, nacido en fecha 16 de agosto de 1979, de 33 años de edad, soltero, titular de la cedula de ciudadanía Nº 3.808.881, hijo de Andrés Ballestas Arias (v) y de Mara Ester Julio Pereira (v), de profesión u oficio Obrero, residenciado, callejón Lozada, residencia Argentina, La Pastora, Caracas, Distrito Capital, teléfono 0416-4524241, en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, de conformidad con el artículo 313 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por ser de obtención lícita, legales, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de .....