Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:UNICO: DECLARA con lugar la solicitud la solicitud de la defensa, en consecuencia se revisa la medida y se considera que es procedente extender el lapso de presentaciones del Imputado JOSE RAMIRO TORRES IZARRA, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a Una (01) vez cada Treinta (30) días.