PRIMERO: SE ABSUELVE al ciudadano JESUS MORALES AGUILLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.136.291, natural de San Antonio del Táchira, Estado Táchira, nacido en fecha 17-06-1964, de 44 años de edad, con residencia en la Urbanización Jorge Narciso Moros N° 4-44, Palotal, Parte Alta, San Antonio, Municipio Bolívar, Estado Táchira, de profesión u oficio Chofer, Teléfono 0416-3706023, por la comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en perjuicio de Elvira Malagón Quintero, de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECLARA CULPABLE, PENALMENTE RESPONSABLE y se CONDENA, al ciudadano JESUS MORALES AGUILLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.136.291, natural de San Antonio del Táchira, Estado Táchira, nacido en fecha 17-06-1964, de 44 años de edad, con residencia en la Urbanización Jorge Narci.....