ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano JOSE DANIEL VANEGAS NAVARRO, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, natural de Cúcuta, República de Colombia, nacido en fecha 10/02/1981, de 30 años de edad, hijo de José Tomás Vanegas (v) y de Ana Josefa Navarro de Vanegas (v), indocumentado, soltero, de profesión u oficio metalúrgico, teléfono: 0276-9264493, residenciado en Palotal, Parte Alta, Barrio Juan de Dios Muñoz, vereda 5 a una cuadra subiendo del Mercal, San Antonio, Estado Táchira, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la .....