ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano HENRY MORALES AYA, de nacionalidad colombiano, natural de Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia, titular de la cédula de ciudadanía 88.255.459, nacido en fecha 04 de julio de 1981, de 31 años de edad, hijo de Henry Morales Calderón (v) y de María Eugenia Aya (v), soltero, de profesión u oficio Desempleado trabajo como Educador en el Reclusorio de Menores; residenciado en Andrés Eloy Blanco, carrera 21 número 2-14, Ureña, estado Táchira, teléfono 0424-7239108 (personal), en la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZAS, previstos y sancionados en el artículo 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujer.....