ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: DANY ALCIDES OROZCO SÁNCHEZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.378.848, de profesión u oficio estudiante, residenciado en la avenida 30 calle 3, N° 95-35, Santa Bárbara de Rubio Municipio Junín, Estado Táchira, edad 23 años de edad, hijo de Maria Inmaculada Sánchez de Orozco y Alcides Orozco Chávez, en la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el artículo 422, numeral primero en concordancia con el articulo 413; en perjuicio de Claudia.....