EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: TORRES GUTIERREZ ISMAEL, de nacionalidad venezolano por naturalización, mayor de edad, natural de Capitanejo, Departamento Santander del Sur, nacido en fecha 18 de noviembre de 1.947, de 63 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.180.775, soltero, hijo de Rosa Abigail Gutiérrez de Torres (f) y de Timoteo Torres (f), de profesión u oficio albañil, residenciado en Rubio, sector la Quiracha, calle 5, casa No. 35, cerca de los bloques de la Quira.....