ESTE , este Tribunal decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano ROBERTO CARLOS MENDOZA, plenamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 2°, en concordancia con el artículo 415 ambos del Código Penal, donde aparece como víctima la niña GEORGELINA GUERRERO RODRIGUEZ; se observa que en la mencionada decisión se señaló erróneamente que el hecho objeto del proceso no se realizó, RECTIFICANDO quien aquí decide lo anteriormente expresado, ya que el hecho sí ocurrió porque en el campo de la realidad existe una persona lesionada por un vehículo, como lo es la niña GEORGELINA GUERRERO RODRIGUEZ, sin embargo, según las diferentes diligencias de investigación recabadas por el Ministerio Público, ese hecho ilícito NO PUEDE ATRIBUIRSELE al ciudadano ROBERTO CARLOS MENDOZA, ya que el accidente ocurrió por imprudencia del peatón, que en este caso fue la niña que resultó lesionada. En co.....