ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO IMPARTIENDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del ciudadano JESÚS RAMÓN PÁEZ MORALES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Maracay, estado Aragua, nacido en fecha 09 de octubre de 1983, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad V.- 15.992.733, soltero, de profesión u oficio Sargento Segundo del Ejercito, residenciado en la Urbanización la Carrizalera, calle 5 Nº 39, Palo Negro, Maracay, estado Aragua, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 43 en concordancia con el artículo 65, numerales 3 y 6 de la de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio .....