Primero: Revoca las medidas de Servicios a la comunidad y Reglas de Conducta impuestas en fecha once (11) de junio de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, a la joven adulta OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, fue sancionada a cumplir las medidas de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, con una jornada ocho (08) horas semanales, de conformidad con lo establecido en el artículo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, y simultáneamente la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, establecida en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión del delito de COAUTORA EN EL DELITO DE OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA Y MUNICIONES, previsto en el articulo 274 del Código Penal, y artículo 3 de la Ley sobre Armas y Explosivos.
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