Primero: Revoca las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, impuestas en fecha dieciocho (18) de mayo de 2012, por este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al adolescente OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Impone al adolescente OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, antes identificado, la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE CUATRO (04) MESES, POR INCUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN, la cual concluirá el día 27 de marzo del año 2.014, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 628 Parágrafo Segundo literal "c" de la Ley .....