En consecuencia este Tribunal acuerda: AUTORIZAR EL TRASLADO del mencionado adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), al Hospital Central de San Cristóbal del Estado Táchira, a los fines de que le practiqué valoración por el médico neurocirujano y una tomografía en la cabeza por sentir persistente cefalea, para el 25 de Febrero del 2.005 a las 8:00 de la mañana