Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta, en fecha 29 de enero de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual el adolescente para el momento del hecho OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de CÓMPLICE EN EL DELITO DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto en el artículo 124 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, fue sancionado a cumplir las medidas de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, y sucesivamente SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el LAPSO DE SEIS (06) MESES, con una jornada de ocho (08) horas semanales, de conformidad con lo previsto en el.....