Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 10 de mayo de 2012, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal; PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 277 del Código Penal; y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 ejusdem; fue sancionado a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, establecida en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, y de manera sucesiva la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por l.....