En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; decide:
Primero: Decreta la cesación de la medida de libertad asistida, impuesta al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA ; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y TENTATIVA EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 456 en concordancia con los artículos 80 y 458 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de W.A.V.R. y P.P.A.; de conformidad con lo previsto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el literal "h" del artículo 647 Ejusdem.
Segundo: Notifíquese a las partes del presente auto, de conformidad con lo previsto en el artículo 179 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado suple.....