Primero: Revoca las medidas de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, impuestas en fecha veintiséis (26) de febrero de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Uno de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión de los delitos de VIOLACION, previsto en el articulo 374 del Código Penal y ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto en el articulo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia; de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Impone al joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, antes identificado, la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, POR INCUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN, la cual concluirá el día 05 de agosto del año 2.014, por la comisión de los delito.....