Con base en las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; decide:
Primero: Decreta la cesación de las medidas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, impuestas en decisión de fecha 26 de Junio de 2.008, al adolescente para el momento de los hechos IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; quien fue sancionado por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, VIOLENCIA SOBRE FUNCIONARIO PÚBLICO y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previstos en los artículos 458, 277, 274, 215, 218 y 413 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos F.R.G. y J.R, El Estado Venezolano y La Cosa Pública; de conformidad con lo previsto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas.....