Primero: Se levanta la Declaratoria en Rebeldía, decretada en contra del joven adulto (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión del delito de FACILITADOR EN EL PUNIBLE DE VIOLACIÓN, previsto en el artículo 374 ordinal primero del Código Penal en concordancia con el articulo 84 numeral 3° ejusdem; en consecuencia, se acuerda dejar sin valor y efecto, la orden de ubicación, a los fines que lo excluyan del sistema de información policial.
Segundo: Ordena librar oficio al Cuerpo de de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ordenando excluir al adolescente para el momento del hecho (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), del Sistema Integrado de Información Policial.
Tercero: Se acuerda, agregar constante de dos (02) folios útiles, la constancia de trabajo y de residencia del joven (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA).
Cuarto: Se acuerda al término de la presente audiencia, levantar acta de imposición de sanción.
Quinto: Se .....