En razón de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley; decide:
Primero: Declara con lugar la solicitud de la Defensora Pública Abogada Isley Coromoto Morales Becerra, y ordena practicar el cómputo de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA, por la comisión del delito de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de El Estado Venezolano; del cual se evidencia que desde el día 26 de Noviembre del año 2.008, fecha de la detención, por parte de la Guardia Nacional de Venezuela, hasta el día de h.....