Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Declara con lugar la solicitud de la defensa y revisa la Medida de Prisión Preventiva de libertad Y OTORGA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ART 545 DE LOPNA), venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.424.179, nacido en fecha 01/12/1991, profesión u oficio carnicero, residenciado en San Josesito Sector H, casa sin numero, de color blanco, al frente del Mercal, Municipio Tórbes, Estado Táchira, de las previstas en los literales "b", "c", "d", "f" y "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 258 del Código Penal Venezolano.....