Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide, ÚNICO: Extiende el lapso de presentaciones del adolescente (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA), a cada Treinta (30) días; y mantiene las demás medidas cautelares impuestas en decisión de fecha 20-12-2004 y la suscrita en el acta de compromiso de fecha 22 de Diciembre de 2004; todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese y déjese copia para el archivo del Juzgado.
ABG. MARIELA DEL CARMEN SALAS PORRAS
JUEZ DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL
ABG. ADRIANA LOURDES BAUTISTA JAIMES
LA SECRETARIA DE JUICIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Sria.-
Causa Nº JM-575/2005
MDCSP/albj.-.-