DECIDE:
PRIMERO: Declara Responsable Penalmente, al adolescente (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA), identificado supra, por la comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 4 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano L.E.O.M.; de conformidad con lo establecido en el artículo 528 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Impone al ciudadano (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA); como sanción definitiva la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de TRES (03) MESES, con una jornada de tres (03) horas semanales, preferentemente los días sábados, domingos y feriados, o en días hábiles sin perjudicar su asistencia a la escuela o jornada normal de trabajo, dichos servicios a la comunidad consisten en tareas asignadas por el Juez de Ejecución de esta Secc.....