En razón de las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: INSTA A LA DEFENSA, a consignar recibos de pago o movimientos de las cuentas bancarias correspondientes a los tres últimos meses, utilizados por la contadora pública para la elaboración de la certificación de ingresos y el balance general; todo ello, a los fines de constatar que el ciudadano C. A. C. T, titular de la cédula de identidad N° V.- , percibe un ingreso que le permitirá cancelar por vía de multa la cantidad de 400 unidades tributarias; es decir, 70.800 Bs. Líbrese las correspondientes boletas de notificación. Cúmplase con lo ordenado.-