Por las razones antes expuestas, éste JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 3 DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Declara sin lugar, la solicitud Fiscal de Calificación de Flagrancia, por cuanto, no se encuentran llenos los extremos exigidos por el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente SEGUNDO: Se ordena la prosecución de la presente cusa, por PROCEDIMIENTO ORDINARIO. TERCERO: Declara con lugar la solicitud del Ministerio Público de imponer Medidas Cautelares Sustitutivas de las de Privación de Libertad al adolescente Reservado de conformidad con el Art. 545 de la LOPNA; por la presunta comisión del delito de INSTIGACION A DILINQUIR A FUNCIONARIO PUBLICO, previsto en el artículo 63 d.....