DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal en perjuicio de Y.B.; de conformidad con lo señalado en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, hecho lo cual en su oportunidad legal remítase la causa al Archivo Judicial.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA
PUBLÌQUESE
AB. HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ DE CONTROL NO. 3
AB.MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
SECRETARIA
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, se dejo copia para el archivo del Tribunal, se libraron las boletas de notificación
CAUSA N° 3C-1715/2006
HNGR