Declara con lugar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la presente causa a favor de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS ART. 65 LOPNA por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de C.M.P........; de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "e", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, y en su oportunidad legal remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público. Para la notificación se acuerda a través de la Policía del Municipio Torbes.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA, PUBLÌQUESE
ABG HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGURERA GAMEZ
SECRETARIA DEL TRIBUNAL
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia y se dejo copia para el archivo del Tribunal, se libraron las boletas de notificación y se libro oficio N° a la Po.....