PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA FISCALÍA DECIMONOVENA, en el sentido, de seguir la presente causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme con lo previsto en último aparte del artículo 373 del COPP, por aplicación supletoria del artículo 537 de la LOPNA.
SEGUNDO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA SOLICITUD DE IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS PROPUESTAS POR LA FISCALÍA, contra el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondía al nombre de C.R., y LESIONES PERSONALES, previsto en el artículo 413 ejusdem; en perjuicio del ciudadano J.R.; quedando sujeta su libertad al cumplimiento de las siguientes condiciones: 1.- Prohibición de comunicarse con la víctima. Y 2.-Presentar tres (03) fiadores, que reúnan los requisitos del artículo 258 de.....