DESESTIMA de la denuncia que dio apertura a la presente investigación, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA, por el delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 473 encabezamiento del Código Penal en perjuicio de IVAN SILVESTRE PASTRAN , venezolano, mayor de edad, ..... por tratarse de un delito de acción privada, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, y en su oportunidad remítase a la Fiscalia Décimo Novena del Ministerio Público.
REGISTRESE , DIARICESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA
AB. HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL No. 3
AB. MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
LA SECRETARIA DE CONTROL
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia siendo las 2:30 de la tarde, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libraron las correspondientes boletas de notificación
SRIA.
HNGR/mang
EXP: 3C-1823/2007