PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor de la adolescente niño IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA de conformidad con lo señalado en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVISIMAS, previsto en el artículo 417 del Código Penal en perjuicio de la adolescente niño IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA Notifíquese a las partes..
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA Y PUBLÍQUESE
HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIANA ANGARITA RAMOS
SECRETARIA SUPLENTE
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libraron boletas de notificación de las partes
EXP-3C-2050/2007
SRIA.