Primero: ACUMULAR las causas signadas con el Nros. 3C-2286-08 y 3C-2307-08, seguidas al adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LOPNA), por estar incurso en la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad con lo establecido en los artículos 66, 70 ordinal 4° y 73 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Segundo: Se ordena corregir la foliatura a partir del folio 86, de conformidad con los artículos 25 y 109 ambos del Código de Procedimiento Civil, por aplicación supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente. Tercero: Se establece como fecha para la CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, el día VIERN.....