PRIMERO:CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía 19°del Ministerio Público, por el hecho ocurrido el 03/01/2009, en la aprehensión de los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ART 545 DE LA LOPNA) Y (OMITIDO CONFORME AL ART 545 DE LA LOPNA), ampliamente identificados; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el del art 453 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de M.P.; por considerar que se encuentran llenos los extremos previstos en el art248 del COPP, en concordancia con lo previsto en el art 557 de la LOPNA. SEGUNDO: CON LUGAR EL PEDIMENTO DE LA FISCALÍA 19°, A LO CUAL SE ADHIRIÓ LA DEFENSA, en el sentido, de seguir la presente causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, todo de conformidad con lo previsto en último aparte del art.373 del COPP, por aplicación supletoria del art. 537 de la LOPNA. TERCERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS PROPUESTA POR LA FISCAL 19(A), con.....