PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA Art.65 LOPNA por el delito de AMENAZAS previsto en el artículo 175 del Código Penal, en perjuicio de de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA Art.65 LOPNA; de conformidad con lo señalado en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes, al adolescente imputado de conformidad con lo señalado en el único aparte del artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA Y PUBLÍQUESE
HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
SECRETARIA DE CONTROL
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libraron boletas de notificación de las partes.
EXP-3C-1916/2007
SRIA.