Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, a favor del adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), apodado EL GABO, de quien se desconocen más datos; todo de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE DEJA CONSTANCIA QUE EL TRIBUNAL SE ACOGIÓ A LA EXCEPCIÓN ESTABLECIDA EN LA ÚLTIMA PARTE DEL ENCABEZAMIENTO DEL ARTÍCULO 323 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, ya que si bien es cierto, el.....