este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
ÚNICO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSORA PRIVADA ABOGADA LUZ MAR NAZARETH OLIVEROS PRATO, en su carácter de Defensora Privada, EN CONSECUENCIA EXTIENDE EL LAPSO DE PRESENTACIONES DEL ADOLESCENTE, (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA CONTRA FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de la Cosa Pública, DAÑOS A LA PROPIEDAD; previsto en el ordinal 3° del artículo 475 Ejusdem, y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; DE CADA OCHO (08) DÍAS A CADA TREINTA (30) DÍAS; y mantiene las demás medidas caute.....