PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, contra los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), por la presunta comisión del delito de FACILITADOR EN EL DELITO DE ROBO ARREBATON, y (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), ampliamente identificado, por la presunta comisión del delito de FACILITADOR EN EL DELITO DE ROBO ARREBATON, SEGUNDO: APRUEBA EL ACUERDO CONCILIATORIO propuesto en la audiencia preliminar por los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA) y (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), TERCERO: SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBA, por el lapso de CUATRO (04) MESES, hasta tanto el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), cumpla con la obligación de asistir a CUATRO (04) charlas de orientación conductual por ante los Especialistas adscritos a los Servicios Auxiliares de esta Sección de Adolescentes del T.....