Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección Penal del Responsabilidad de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA; investigado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso G.L.M.; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del artículo 537 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en concordancia con el artículo 561 literal "d" Ejusdem.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL.....