este Juzgado de Primera instancia en Función de Control Número Uno de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: DEJA SIN EFECTO LA DECLARATORIA EN AUSENCIA, decretada contra el ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA POR EL ARTICULO 545 DE LA LOPNA);, decretada en fecha 20 de Febrero del año 2009, así como las órdenes de localización inmediata solicitadas a los organismos correspondientes; a tal efecto, se ordena librar los oficios respectivos a los órganos de seguridad del Estado.