En virtud de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Autoriza la Destrucción y/o Incineración de la cantidad de: OCHOCIENTOS SETENTA GRAMOS CON DOS MILIGRAMOS (870,2 g) de Cocaína Base, la cual reposa en el Depósito de Drogas del Comando regional Nº 1 de la Guardia Nacional de Venezuela, en una bolsa plástica de color blanco con el sello plástico de seguridad Nº 422749, incautada en el procedimiento efectuado el día 10 de Octubre del 2.006, caso Nº 20-F19-0327/06, en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA, signada en este Juzgado bajo el Nº 1C-1.710/2.006; según Experticia Química signada bajo el Nº CO-LC-LR1-DQ-2006/1286 de fecha 13 de Octubre del 2.006, suscrita por el Experto Edg.....