En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público, contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA ; por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE, previsto en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana M.C.B.C. (occisa), PORTE ILÍCITO DE ARMA, establecido en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y, LESIONES INTENCIONALES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA ; de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Pena.....