este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD, impuesto al ciudadano: RAMON ANTONIO CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 10.158.380 y residenciado en la calle 4, La Guacara, Nr. 16-94,, San Cristóbal, Estado Táchira, por consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 75, ordinales 1 y 2 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA MEDIDA IMPUESTA .