este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONCEDE EL DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO a MARCO ANTONIO VELASCO URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 14.908.027, de 27 años de edad, de estado civil soltero, estudiante, y residenciado en la Carrera 3, Nr. 3-63, Barrio el Lobo, San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con los artículos 24 y 272 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando recluido a partir de la notificación de esta decisión en el Centro de Tratamiento Comunitario respectivo, donde permanecerá hasta que se le conceda su Libertad Condicional, es decir, hasta que cumpla las dos terceras partes de su pena, con la condición de acudir al Departam.....