Con base en las consideraciones antes expuestas, este Juzgador de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 04, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por el penado CARLOS ALBERTO HURTADO BUENAHORA, colombiano, mayor de edad, indocumentado, titular de la cédula de Ciudadanía Nº V.- 88.237.286 y residenciado en el Barrio Pueblo Nuevo, Casa Nr. 6-34, San Antonio, Estado Táchira y en consecuencia ACUERDA LA CONMUTACIÓN del resto de la pena de prisión que debe cumplir el referido penado, en CONFINAMIENTO, durante un lapso de CINCO MESES, DIECISIETE DIAS Y OCHO HORAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal, y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, SE DESIGNA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE CONFINAMIENTO la locali.....