este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a la ciudadana: RICARDO ANTONIO CASTRO BUITRAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 22.632.505 y residenciada en Santa Teresa, Vía Chalet, al final, casa sin número, al lado de las escaleras, casa de dos plantas color blanco, San Cristóbal, Estado Táchira, por el delito de: ROBO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, YAMINA MAYLE LEON BERBESI y otros y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
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