EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: OTORGA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado, OTMAN JESUS IBARRA PEROZO, venezolano, mayor de edad, soltero, soldador, titular de la Cédula de Identidad Nr. 111.245.471 y residenciado en la Avenida 4 Bella Vista, Edificio Morales, Nr. 81-70, Piso 2, Apartamento 2 de la Parroquia Santa Lucira, Estado Zulia, de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.