este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA, impuesto al ciudadano: penado JHON JADER BUITRAGO ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 15.027.841, soltero y residenciado en EL Mirador, Pasaje Santa Elena, Calle 5, Casa Nr. 2-26, San Cristóbal, Estado Táchira, por el delito de: ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 460 Y 278 del Código Penal, reformado y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circ.....