este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano: HAJDAN ALNONNAY ZEN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nr. 14.551.795 y residenciado en la Calle Principal Casa Nr. 04-71, a una cuadra de la Comandancia de la Policía, Abejales, Estado Táchira, por el delito de: HOMICIDIO CULPOSO, previstas y sancionadas en los artículos 411 del Código Penal, reformado en perjuicio de RAFAEL ANTONIO PLAZA MORA, y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.